Nuevo artículo en Revista CT Catastro: "Aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico e incorporación al suelo de naturaleza urbana del catastro. Análisis comparado por comunidades autónomas"
Resulta de interés conocer la relación que tienen los instrumentos de planeamiento urbanístico con el suelo de naturaleza urbana a efectos catastrales, por su aplicación práctica, es decir, para saber cómo afecta la aprobación de estos instrumentos a su incorporación en dicho suelo. Para analizar esta cuestión se propone:-entender en qué casos un suelo es de naturaleza urbana, artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en su texto consolidado, con la última modificación de 25 de junio de 2015 (TRLCI).-revisar algunos conceptos generales en materia de planeamiento urbanístico que son comunes, en líneas generales, a todas las comunidades autónomas; estos conceptos son de utilidad para determinar si un suelo es de naturaleza urbana, en los casos en los que incide el planeamiento urbanístico;-indicar cuál es el objeto de consulta, instrumento de planeamiento, realidad física, etc., para saber si un suelo es de naturaleza urbana en los cinco casos que marca el TRLCI.-analizar cómo influye la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico según los casos de motivación de suelo de naturaleza urbana del citado artículo 7 del TRLCI.-conocer cuál es la normativa autonómica en materia de suelo y urbanismo y qué artículos inciden en la consideración de suelo de naturaleza urbana, en la actualidad, para poder revisar la denominación y caracterización de los diferentes regímenes de suelo, de las diferentes clases de suelo, urbano, urbanizable y no urbanizable, y las condiciones de solar o suelo urbano, entre otras cuestiones.Descargar artículo>