Nuevo artículo en Revista CT Catastro: "Aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico e incorporación al suelo de naturaleza urbana del catastro. Análisis comparado por comunidades autónomas"

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Resulta de interés conocer la relación que tienen los instrumentos de planeamiento urbanístico con el suelo de naturaleza urbana a efectos catastrales, por su aplicación práctica, es decir, para saber cómo afecta la aprobación de estos instrumentos a su incorporación en dicho suelo. Para analizar esta cuestión se propone:-entender en qué casos un suelo es de naturaleza urbana, artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en su texto consolidado, con la última modificación de 25 de junio de 2015 (TRLCI).-revisar algunos conceptos generales en materia de planeamiento urbanístico que son comunes, en líneas generales, a todas las comunidades autónomas; estos conceptos son de utilidad para determinar si un suelo es de naturaleza urbana, en los casos en los que incide el planeamiento urbanístico;-indicar cuál es el objeto de consulta, instrumento de planeamiento, realidad física, etc., para saber si un suelo es de naturaleza urbana en los cinco casos que marca el TRLCI.-analizar cómo influye la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico según los casos de motivación de suelo de naturaleza urbana del citado artículo 7 del TRLCI.-conocer cuál es la normativa autonómica en materia de suelo y urbanismo y qué artículos inciden en la consideración de suelo de naturaleza urbana, en la actualidad, para poder revisar la denominación y caracterización de los diferentes regímenes de suelo, de las diferentes clases de suelo, urbano, urbanizable y no urbanizable, y las condiciones de solar o suelo urbano, entre otras cuestiones.Descargar artículo>desarrollo-urbano